La satisfacción de los intereses colectivos por
medio de la función administrativa se realiza fundamentalmente por el Estado,
la función administrativa, desde el punto de vista formal, se define como
"la actividad que el Estado realiza por medio del Poder Ejecutivo", y
desde el punto de vista material como "la actividad que el Estado realiza
bajo un orden jurídico, y que consiste en la ejecución de los actos materiales o
de actos que determinan situaciones jurídicas para casos individuales".
Para ese objeto el Estado se organiza en una
forma especial adecuada sin perjuicio de que otras organizaciones realicen
excepcionalmente la misma función administrativa.
Tal organización especial constituye la
administración pública, que debe entendersedesde el punto de vista formal como
"el organismo público que ha recibido del poder político la competencia y
los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales" y
desde el punto de vista material como "la actividad de este organismo
considerado en sus problemas de gestión y de existencia propia tanto en sus
relaciones con otros organismos semejantes como con los particulares
paraasegurar la ejecución de su misión".
Los órganos de la administración pública son las
unidades entre las que se divide la competencia del Estado en materia
administrativa y sus titulares son aquellas personas físicas que forman y
exteriorizan la voluntad de éste.
Es necesario, entonces, distinguir entre el
órgano y su titular, pues mientras el primero representa una unidad abstracta,
una esferade competencia, el titular representa una persona concreta que puede
cambiar sin afectar el órgano y que tiene, además de la voluntad que en la
esfera de competencia del órgano representa la del Estado, una voluntad
dirigida a la satisfacción de sus propios intereses.
La administración pública, como parte del
aparato administrativo se rige por el principio del Estado de Derecho y en
virtud de suactividad se encuentra subordinada al mandato de la norma jurídica.
Toda actividad del Estado en materia administrativa es objeto del derecho
administrativo, por lo que es preciso establecer su definición.
El derecho administrativo es la rama del derecho
público que tiene por objeto regular la actividad del Estado que se realiza en
forma de función administrativa para satisfacer las necesidades esenciales de la
colectividad. El poder encargado normalmente de la administración pública es el
Ejecutivo, aunque no es el único.
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